2. LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO
El Estado se encuentra
presente en numerosas actividades cotidianas de las personas; por ejemplo, el
Estado nos proporciona el DNI, recauda impuestos, distribuye becas y subsidios,
organiza la enseñanza, vigila las fronteras, garantiza ciertos títulos y
diplomas, etc. El Estado, pues, posee multitud de capacidades y realiza
diversas actividades de tipo administrativo. Pero aquellas capacidades y estas actividades
las posee dentro de un determinado territorio, en virtud de cierto poder
jurídico, y afectan a unos grupos concretos (o población).
A) Territorio. De manera primaria y fundamental, el dominio del
Estado aparece definido por un territorio delimitado por sus fronteras. Con
frecuencia, esta delimitación obedece a diversos hechos históricos más o menos
complejos (guerras, transmisiones hereditarias, accidentes geográficos, etc.),
pero su conocimiento oficial se establece convencionalmente y de forma solemne
por medio de tratados.
Además, en la actualidad, se consideran territorios de un Estado el litoral o las zonas de mar próximas a sus costas (200 millas marinas), las islas que en éste se encuentren, las embajadas, las naves o barcos con pabellón de dicho Estado y determinados espacios aéreos.
B) Pueblo. El pueblo se encuentra constituido por las personas y
los grupos sociales que residen en el territorio puesto bajo la jurisdicción
del Estado. La relación entre los diversos seres y grupos humanos que forman un
Estado suele fundamentarse en una serie de sentimientos comunes difíciles de
explicar con precisión, pero que, en general, pueden basarse en ciertos rasgos
comunes de tipo histórico, lingüístico, cultural, así como raciales, organizativos,
etc. Aunque estos rasgos poseen un importante significado respecto al
surgimiento de los Estados concretos, todos ellos poseen un valor relativo y,
en último término, el fundamento esencial de los Estados ha de venir
constituido por la voluntad libre de las personas singulares y concretas; por
tanto, es necesario rechazar todo sentimiento nacionalista que intente
identificar el Estado con determinada raza, tradición, lengua o cultura. En
este sentido, los Estados son cada vez más pluralistas y. por consiguiente, los
sentimientos nacionales, aunque justos y legítimos, han de ser cada vez más
abiertos y tolerantes.
C) Soberanía. La característica esencial del Estado es la soberanía, la posesión de un poder soberano, es decir, no sometido a ningún otro poder superior. Desde este punto de vista, el Estado es una organización social que tiene por misión garantizar su propia seguridad y la de las personas, grupos y sociedades que se encuentran bajo su jurisdicción, tanto contra los peligros exteriores como contra los interiores. A este respecto, la soberanía se manifiesta tanto en el plano interno como en el plano exterior.
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• En el plano interno. En este plano, el Estado posee la máxima autoridad y solamente a él le corresponde el arbitraje y la solución de los conflictos entre los diversos individuos y grupos; su autoridad no puede ser sustituida ni moral ni materialmente por ninguna otra fuerza; en este sentido, por una parte, dispone de las capacidades legislativas, judiciales y ejecutivas (Cortes o Parlamento, jueces y gobierno), es decir, el monopolio de la ley y de las fuerzas coactivas y, por otra, todas las entidades particulares, esto es, las comunidades religiosas, las organizaciones sindicales, los grupos profesionales, las formaciones políticas, etc. han de encontrarse siempre dentro de la legalidad establecida por el Estado.
• En el plano exterior. En cuanto al exterior, la soberanía nacional se caracteriza por su autonomía y por su independencia con respecto a la comunidad internacional o, lo que es lo mismo, a las organizaciones internacionales y a los otros Estados.
En la actualidad, el denominado Derecho internacional, en cierta manera, tiende a establecer determinados límites al poder de cada Estado. Ahora bien, el propio Derecho Internacional reconoce la soberanía de los distintos Estados, es decir, que sus cláusulas o disposiciones jurídicas específicas comienzan reconociendo el poder soberano e inviolable de todos los Estados.
Por otra parte, el desarrollo de las instituciones democráticas ha contribuido a reforzar la idea de soberanía, ya que éstas han proporcionado al Estado un fundamento humano; la soberanía del Estado, de esta manera, no es más que la expresión de la voluntad y de los deseos del pueblo (de las personas de una comunidad) de establecer su propia organización y de disponer de su propio destino.
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